En torno a las medidas contra trabajadores por cuenta propia publicadas en la Gaceta de 31 de julio (II)

Elías Amor Bravo, economista
Las medidas anti trabajadores por cuenta propia, esta nueva ofensiva contrarrevolucionaria de 2017, curioso, 50 años después de la impulsada en 1967, buscan, en algunos casos, objetivos absurdos que podrían perfectamente ser obviados. Por ejemplo, qué sentido tiene “poner en práctica una agrupación de actividades afines, con lo cual se busca reducir la dispersión existente y perfeccionar el alcance de ellas”. El ejemplo son los “servicios de belleza” que en la nueva modalidad se integran siete actividades del trabajo por cuenta propia: barbero, maquillista, masajista, manicura, peluquera, peluquera peinadora de trenzas y peluquero tradicional. Actualmente, si las personas quieren ejercer cualquiera de esas actividades, lógicamente requieren autorización para cada una; con las modificaciones solo necesitarán una. Lo realmente asombroso es que hasta ahora no se hubieran percatado de los problemas que se derivan de este tipo de autorizaciones a título individual que se corresponden con una misma actividad económica.

Mas sorprendente es la idea que el trabajo por cuenta propia respete “la legalidad y el ordenamiento”. En ese sentido, “no se otorgarán autorizaciones en lugares donde sean detectados hechos constitutivos de delitos”. Una vez más, regresa la discrecionalidad castrista con respecto al concepto de “delito”, que es discrecional y cambiante con el paso del tiempo, en ámbitos que en otras partes del mundo no tiene esa consideración, frente a la actividad económica convencional. Aquí los derechos humanos se encuentran claramente conculcados.

Otras medidas quieren aumentar el control. Por ejemplo, el anuncio de la modificación de la actividad “elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos en restaurantes”, y en su lugar, se diseñan dos “servicio gastronómico en restaurante” y “servicio de bar y recreación”, es un alarde de sobrecontrol de la actividad emprendedora, no tiene otra finalidad que aumentar la vigilancia situando inspectores para cada una de estas dos actividades.

Las medidas permiten al titular de una actividad por cuenta propia, que tenga trabajadores contratados, y necesite ausentarse por enfermedad prolongada, de él o de familiares bajo su responsabilidad, o por salida al exterior, la posibilidad de designar a uno de los contratados para asumir el cumplimiento de sus deberes. “Prerrogativas de tres meses” como a los trabajadores del sector estatal. Los emprendedores que quieran viajar al exterior para observar en otros países cómo se hacen las cosas, lo tienen complicado porque se les raciona el tiempo.

Igualmente, se aumenta el control de las actividades por cuenta propia desde el nivel municipal hasta el nacional. Las administraciones locales “deberán realizar una evaluación colectiva y la pertinente comprobación, previo a la entrega de autorización en determinadas actividades, con el propósito de evitar contaminación, afectaciones sanitarias, problemas de convivencia y otros que pudieran afectar los intereses colectivos y de la sociedad”. Una forma de frenar proyectos y alargar en el tiempo su puesta en marcha echando las responsabilidades a los gobiernos locales.

No deja de sorprender que a los trabajadores por cuenta propia que ofrecen servicios de transporte en vehículos automotores, serán sometidos a una modificación del Reglamento de la Licencia de Operación de Transporte, restituyendo su alcance municipal, provincial o nacional, así como la actualización de los requisitos para su otorgamiento. Medidas anunciadas como “la inspección técnica de los vehículos; el análisis de los expedientes de los conductores previo a la autorización de la actividad; y el ordenamiento de los servicios en sistemas de rutas, piqueras, terminales o puntos de embarque” son cuestiones que, sin duda alguna, van a causar protestas de los transportistas privados. Medidas de este calibre hacen imposible que uber o cabify operen en la economía castrista.

En particular, en La Habana, se “permitirá la asociación de transportistas privados a las cooperativas de taxis ruteros creadas y se iniciará un experimento que abarque la totalidad de los vehículos, entre cuatro y catorce pasajeros, que deseen operar en rutas de la capital del país”. Para incentivar esta asociación, cuyos resultados no están claros, se concederán beneficios como la compra del combustible a precios diferenciados; y “según la disponibilidad de recursos del país, tendrán acceso al mercado mayorista para la compra de herramientas, partes, piezas de repuesto y accesorios al precio minorista menos un 20% de descuento”. Detrás de esta reforma, las autoridades persiguen limitar los precios, de modo que el precio de las rutas se establecerá por tramos, que no superarán los 8 kilómetros, con un precio de 5 CUP. Y además, que los ruteros privados estén controlados por las cooperativas que mantienen una relación directa con los órganos de poder comunista. Cerrado el círculo de nuevo.

Las medidas anunciadas en la Gaceta también incluyen aspectos tributarios, básicamente en lo relativo al incumplimiento y la subdeclaración de ingresos. La actualización asociada al reordenamiento del trabajo por cuenta propia, con la unificación de un grupo de actividades y el reconocimiento de otras, va a permitir al régimen establecer nuevas cuotas de tributación, con un incremento seguro de cuotas mínimas. La presión fiscal sobre los emprendedores tendrá un carácter asimétrico, sin saber muy bien por qué.

Un ejemplo, el impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo aplicará el tipo impositivo mínimo del 5 %, pero al mismo tiempo se eliminará la exención de pago por los cinco primeros trabajadores. Además, en relación con el pago a los trabajadores contratados la base mínima, relativa al salario medio mensual de cada territorio, será progresiva, en función del número de trabajadores contratados. Una medida que frenará la lógica de todas las actividades emprendedoras a crecer y aumentar sus dimensiones para alcanzar la escala eficiente de producción.

Las medidas pretenden “comenzar de forma gradual en la implementación del sistema de cuentas bancarias fiscales. Está previsto que contribuyentes de determinadas actividades, como los arrendadores de vivienda, servicios constructivos y gastronómicos en paladares y bares, así como para los transportistas, “van a tener que abrir una cuenta bancaria con trascendencia fiscal, en la cual se deben ir reflejando las operaciones de ingresos y gastos relacionadas con la actividad que ejercen. Esta información estará disponible para la Oficina Nacional de Administración Tributaria durante todo el proceso de control y verificación de sus acciones a los efectos del pago de los tributos correspondientes”.

Finalmente, un largo acápite de las medidas va dirigido a establecer cuáles son las nuevas ocupaciones que no se van a conceder hasta que “finalice el proceso de perfeccionamiento”. Más discrecionalidad no puede existir.

Algunas de estas actividades, arrendador de viviendas, habitaciones y espacios; cafetería de alimentos ligeros; chapistero; contratista privado; elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante servicio gastronómico en restaurantes (paladares); y elaborador vendedor de alimentos y bebidas en punto de venta fijo (cafetería) tienen un impacto directo sobre la población y sus condiciones de vida.

Otras son igualmente importantes, como elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas a domicilio; fregador engrasador de equipos automotores; gestor de pasaje en piquera; gestor de permutas y compraventa de viviendas; gestor de alojamiento para viviendas o habitaciones que se arriendan; herrero; instructor de prácticas deportivas; así como modista o sastre.

También se incluyen operador de equipos de recreación; organizador de servicios integrales para fiesta de quince, bodas y otras actividades; oxicortador; productor o vendedor de calzado; productor o vendedor de artículos varios de uso en el hogar; y profesor de taquigrafía, mecanografía e idiomas. Además, profesor de música y otras artes; reparador de equipos eléctricos y electrónicos; repasador; reparador de artículos de joyería; bisutería; servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles; y programador de equipos de cómputo.

En total 37 ocupaciones que, al menos de momento, no serán autorizadas por el régimen. Una clara marcha atrás en el proceso de libertad económica y emprendimiento, que a los únicos que perjudica es a los cubanos.

El artículo de Granma termina con un tono conciliador difícil de creer. Y cito textualmente, “nadie asuma que el fin de estas medidas es dar marcha atrás al desarrollo del trabajo por cuenta propia en Cuba. Nada más alejado de la realidad. Si bien de manera general quienes se desempeñan en el sector no estatal cumplen las disposiciones vigentes, todavía existen otros que violan las normas establecidas y se pierden en los entresijos de la ilegalidad y el desorden, y a estos últimos, en primer lugar, debe ponérseles freno de inmediato”.

Y concluye señalando, “poner orden en casa constituye pues máxima prioridad para el Estado cubano, de manera tal que sistemáticamente se rectifique y consolide lo aprobado, en un clima de confianza y legitimidad que nos atañe a todos”.

¿No sería mejor que el Estado cubano se pusiera en orden primero y abandonase el modelo que ha dominado la economía durante 58 hasta convertirla en un desierto? Que se lo hagan ver.

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